El Congreso de Oaxaca es uno los que en México legisló para la prohibición de plásticos de un solo uso, incluídos el tereftalato de polietileno (PET) y el poliestireno expandido (unicel) como mecanismo para proteger el ambiente y detener la crisis plástica en su territorio.
Como respuesta a ello, en julio del 2019 y en noviembre del 2020 respectivamente, las empresas PROPIMEX, S. de R.L, de C.V y la Cadena Comercial Oxxo, S.A. de C.V, ambas vinculadas a la empresa FEMSA Coca-Cola, promovieron juicios de amparo contra la medida legislativa. Un juez de Distrito les negó el amparo y el caso fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien en agosto del 2022, resolvió que el estado de Oaxaca no cuenta con facultades para prohibir plásticos de un solo uso.
Así, la SCJN protegió a Femsa Coca Cola- Propimex, Oxxos y otros, frente a la prohibición de plásticos de un solo uso en Oaxaca, al concluir este máximo tribunal constitucional del país, que las autoridades del Estado de Oaxaca invadieron la esfera de competencia de la federación al prohibir la venta, distribución y uso de envases, embalajes y otros productos plásticos de un solo uso elaborados con tereftalato de polietileno (PET) y poliestireno expandido (unicel) y que estas prohibiciones dentro de las leyes locales son inconstitucionales pues, según lo que argumentan, no se ajustan a lo dispuesto por la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y a la política nacional en materia de gestión integral de residuos de manejo especial. Por ello, se declara la inconstitucionalidad de las fracciones XI y XII del artículo 98, de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca. Al aprobarse este amparo, la SCJN sentó precedentes para que no se respeten las demás legislaciones locales que buscan reducir la producción de residuos de PET, unicel y otros plásticos de un solo uso.
La decisión de la Corte da luz verde a que las empresas contaminadoras interpongan nuevos recursos contra todas aquellas medidas protectoras que emprendan las entidades federativas y que éstos sean concedidos ipso facto, siguiendo el criterio de la Corte.
Esto representa un peligroso retroceso en materia de protección ambiental que socava los esfuerzos ya iniciados por otros gobiernos locales para proteger sus territorios de la contaminación por plásticos tóxicos y desincentiva a las entidades federativas a emprender medidas legislativas cada vez más protectoras de la salud humana y del ambiente, violando con esto el Principio de Progresividad de los Derechos Humanos. Además sienta un grave precedente que impactará a largo plazo en la salud de las poblaciones y de las futuras generaciones.Ante esta situación, organizaciones ambientales, de salud y de protección al consumidor como Greenpeace México, El Poder del Consumidor, Acción Ecológica, Asociación Ecológica Santo Tómas, Fronteras Comunes, éstos últimos tres parte de La Colectiva Malditos Plásticos, presentaron en marzo del 2023 una serie de acciones legales para que las entidades subnacionales puedan prohibir los plásticos de un solo uso, proceso en la que se acompaña de legisladores y pobladores de la Ciudad de Oaxaca y organizaciones internacionales como la Alianza Global para Alternativas a la Incineración (GAIA), Break Free From Plastics (BFFP) y Environmental Defender Law Center (EDLC).